¡Justicia! 50 años de prisión al sujeto que 4sesino a su hijastra en Mosquera Cundinamarca

¡Justicia! 50 años de prisión al sujeto que 4sesino a su hijastra en Mosquera Cundinamarca

Sentencia Histórica en Cundinamarca: 50 años de prisión para el feminicida de su hijastra 

En un fallo que sienta un precedente de justicia implacable contra la violencia infantil, el Juzgado Segundo del Circuito Penal de Funza dictó la condena máxima contra Jhon Alexander Torres Murcia, de 33 años, hallado responsable del atroz asesinato de su hija de tan solo 9 años de edad.

El crimen, que conmocionó no solo a la sabana de Bogotá sino a todo el país, ocurrió en la madrugada del pasado 14 de septiembre de 2025. Según el acervo probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación, los hechos se desencadenaron en una vivienda del barrio El Recodo, en Mosquera, tras una discusión de pareja.

La investigación reveló que la madre de la menor le había manifestado a Torres Murcia su decisión de terminar la relación sentimental. En un acto de sevicia y retaliación criminal, el sujeto esperó a que la mujer saliera de la vivienda para arremeter contra la pequeña Slendy mientras esta dormía.

El informe de Medicina Legal fue determinante para la severidad de la condena. Los peritos forenses confirmaron que la menor sufrió 59 heridas provocadas con arma blanca. Además, los exámenes biológicos arrojaron un dato aún más desgarrador: la niña fue víctima de acceso carnal abusivo antes de ser asesinada.

Torres Murcia fue capturado en flagrancia por agentes de la Policía de Cundinamarca, quienes irrumpieron en la vivienda encontrando al sujeto con heridas autoinfligidas en un fallido intento de suicidio para evadir su responsabilidad.

Tras meses de proceso y ante la contundencia de las pruebas técnicas, testimoniales y biológicas, el acusado optó por el allanamiento a cargos. El juez de conocimiento lo sentenció por los delitos de:

1. Feminicidio Agravado

2. Acceso Carnal Abusivo con menor de 14 años

"Dada la especial vulnerabilidad de la víctima y la naturaleza del vínculo filial, no existe beneficio administrativo ni rebaja de pena que proceda en este caso", sentenció el despacho judicial.

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